Actualmente con la crisis y los productos financieros mas que dudosos, uno pude buscar diferentes maneras deahorrar dinero, y la crisis si algo produce son ideas y negocios de parte de los emprendedores y los demás, ya que llega un punto de ya no saber a qué fórmula recurrir, y uno de ellos es el renting del que hablaremos, y es una forma más para los que buscan exprimir cada céntimo de euro que tengan cerca.
El renting es un contrato de alquiler de bienes muebles, el cual posee una duración superior al año. Se caracteriza de poseer una cuota mensual, trimestral o anual fija durante toda la duración del contrato. Más allá de esto tiene una características principales.
Características del Contrato de Renting:
• No está restringido a empresas. Puede ser efectuado por particulares.
• La sociedad de renting –que alquila el bien mueble- lo pone a nuestra disposición, comprándolo si es necesario. Cabe aclarar que la propiedad del bien es del arrendador y no el arrendatario.
• Son contratos libres, siempre que respeten las normas principales de la nación.
• A diferencia del Leasing (alquiler con opción de compra), no se contempla la opción de compra.
En los días que corren, los contratos de renting son llevados a cabo principalmente sobre vehículos, equipos informáticos y maquinaria. Como hemos contado anteriormente, el renting de vehículos es algo muy utilizado, y es importante saber que la cuota mensual puede incluir ciertos beneficios extra a ser: seguro obligatorio, revisiones periódicas, etc.
Si quieren una definición directa y sencilla del renting un alquiler a largo plazo con todos los servicios incluidos, se trata de un servicio integral ya que este se ocupa de lo que son los diferentes aspectos del vehículo, teniendo como principal finalidad de las empresas que ofrecen el renting es permitirle una mayor facilidad de utilizar el coche, pero no se trata de la compra del mismo, dando una gama de condiciones y servicio completo. Por lo que deben tomarlo como un contrato de alquiler que la compañía de renting adquiere el vehículo nuevo que le solicite el cliente, poniéndolo a su uso pero siempre bajo un determinado periodo y con la ventaja de tener el total de gastos incluidos lo que a toda vista es una importante ventaja.
Una de las ventajas principales del renting, es que no afectan financieramente a los resultados de las compañías. Es decir, la cuota no incluye interés alguno, a diferencia nuevamente, del contrato de Leasing. Asimismo, permite adquirir bienes altamente costosos a cuotas proporcionales a las posibilidades de pago, y bien, si la empresa desea realizar una actualización en cuanto a tecnología, sólo debe cesar el contrato.
Se debe tener cuidado a la hora de realizar uno de estos contratos en cuanto al tiempo de duración. Hay que considerar que la vida útil del bien no sea menor a la de finalización del contrato. Es decir, terminaríamos pagando cuotas por un bien obsoleto.
El informe es excelente, pero me resultaria interesante conocer, si existe una normativa, quien es el contralor, y si existe jurisprudencia en este tipo de contratos
Hola
Soy un estudiante de universidad, y estoy realizando un trabajo que consiste en evaluar para un cliente si es mejor un contrato de renting o un leasing.
Pero me han salido unas dudas con el renting. Seria de mucho agrado vuestra ayuda.
Cuando calculais la quota de amortitzacion sobre el valor del vehiculo, que se incluye dentro el renting, cogeis el valor total del bien o le restais un valor residual?
Muchas gracias